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Condiciones sanitarias que se deben cumplir para el movimiento de équidos


Es obligatoria la vacunación contra la influenza equina y test serológico negativo de AIE excepto si van a faena o acopio de faena.


El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó las condiciones sanitarias que deben cumplir los équidos al momento de ser trasladados.


En lo que se refiere a la Influenza Equina (IE), es obligatoria la vacunación para todos los équidos que permanezcan o se movilicen hacia un remate feria, exposición, hipódromo, club hípico, stud, caballeriza, centro tradicionalista y/o a distintas actividades ecuestres que concentren estos animales para trote, pato, polo, salto, doma, jineteada, prueba completa y endurance, así como la realización de un test serológico negativo a Anemia Infecciosa Equina (AIE) para cualquier movimiento, recordó .


En relación a la Influenza Equina (IE), en la actualidad las vacunas disponibles en el mercado nacional aseguran una cobertura inmunitaria de 3 meses, siendo ese tiempo de vigencia, tras la vacunación, el que tiene el equino para ser trasladado.


La actual disponibilidad de dicha vacuna, de acuerdo a lo aprobado por la Dirección de Laboratorios y de Control Técnico (DILACOT) del Senasa, es de 44.858 dosis, y se encuentran habilitados por el organismo sanitario los siguientes productos:


Fluvac innovator (Zoetis): influenza equina

Fluvac innovator 4 (Zoetis): influenza equina-Encefalomielitis Equina-Tétanos

Fluvac innovator HVE (Zoetis): Influenza Equina-Rinoneumonitis Equina

Influenza Equina (Rosenbuch): Influenza Equina

Influquim (BIoquemic): Influenza Equina


En cuanto a la AIE, todo équido que se movilice debe contar con un diagnóstico serológico negativo para esa enfermedad, el cual tiene una validez de 60 días desde la extracción de la muestra, excepto para el traslado hacia la Zona Libre de AIE (partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires y las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur) donde se reduce a 15 días.


Tanto la vacunación contra la Influenza Equina como la certificación negativa a Anemia Infecciosa Equina no es requerida cuando dicho movimiento se realiza directamente a un establecimiento de faena o a un establecimiento de acopio a faena.


Fuente: SENASA

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